REGULACIÓN DE PREVENTA DE COMPRA INMOBILIARIA.
- Alanís Urdiain Abogados
- 21 ene
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El 16 de enero de 2026 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el decreto por el cual se adicionaron artículos al Código Civil del Estado para regular las operaciones de preventa de compra inmobiliaria.
Conforme a las nuevas disposiciones adicionadas al Código Civil de Nuevo León, se considera como preventa de compra inmobiliaria el ofrecimiento de compra de un bien inmueble respecto del cual, al momento del ofrecimiento, el titular del futuro bien inmueble no se encuentra en posibilidad jurídica de transmitir la propiedad por estar en proceso de construcción, urbanización o desarrollo, conforme a la ley en materia de desarrollo urbano, y no contar con la autorización de ventas respectiva.
Para estas operaciones se va exigir que cumplan con algunos requisitos mínimos, como lo son el contener el nombre y domicilio del oferente y destinatario de la oferta, información de sus cuentas de banco, datos de identificación del bien inmueble materia del ofrecimiento y la fecha en que se emite la oferta.
Entre los temas objeto de esta regulación, se establece el plazo máximo para la aceptación de la oferta, los casos en los que se tendrá por aceptada de forma tácita, algunas obligaciones para el destinatario de la oferta, causales de revocación y sus consecuencias.
En Alanís Urdiain & Hope Abogados estamos a sus órdenes para aconsejarlo en este y otros asuntos legales de su interés.





