El 6 de noviembre de 2023 fue publicada en el Periódico Oficial del Estado la Norma Ambiental Estatal Emergente NAE-SMA-009-2022(sic) para la gestión de residuos en zonas forestales y de interfaz con zonas urbanas para la protección de la vida silvestre en el Estado de Nuevo León.
Esta Norma Ambiental Estatal Emergente, elaborada por la Secretaría de Medio Ambiente de Nuevo León, es una respuesta a los crecientes avistamientos de fauna silvestre en la zona urbana, entre los que destacan los osos negros, quienes han utilizado los residuos sólidos de fácil acceso como alimento.
El incorrecto manejo de residuos sólidos está favoreciendo la dispersión de especies invasoras; provoca una mayor agregación de individuos silvestres en la zona urbana, incrementando la probabilidad de ataques y la transmisión de patógenos intra e interespecíficos; impacta negativamente la supervivencia de la fauna silvestre a largo plazo; e incrementa la probabilidad de muerte de estos animales por el consumo de residíos antropogénicos no digeribles.
Para cumplir con esta Norma, todas las personas que generen residuos sólidos urbanos en las áreas forestales y de interfaz urbana determinadas por esta, deberán evitar que la fauna silvestre pueda acceder a sus residuos, utilizando contenedores resistentes, rígidos, sin grietas ni aberturas o bisagras de fácil acceso, entre otros requisitos.
Además, los contenedores con residuos sólidos deberán permanecer dentro de los inmuebles, fuera del alcance de la fauna silvestre, y únicamente los podrán tener en la vía pública el día en que pase el servicio de recolección de basura en un horario de 6:00 a 19:00 horas.
Las personas que generen más de diez toneladas en peso bruto total de residuos al año (más de 27.4 kilos diarios promedio) se consideran grandes generadores y deberán contar con un Plan de Manejo autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente, entre otras obligaciones específicas.
A quienes incumplan con la NAE-SMA-009-2022 se les podrán aplicar las medidas de seguridad, medidas correctivas o de urgente aplicación, y demás sanciones previstas por la Ley Ambiental del Estado y ordenamientos jurídicos aplicables.
La vigencia de la Norma Ambiental Emergente de referencia entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial en el Estado y estará vigente hasta por 6 meses.
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