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Alanís Urdiain Abogados

VIOLENCIA FAMILIAR PSICOEMOCIONAL, REFORMA AL CÓDIGO CIVIL DE NUEVO LEÓN

El 17 de enero de 2024 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el decreto por el cual cual se reformó la fracción I del artículo 323 Bis 1 del Código Civil para el Estado.


Esta disposición normativa anteriormente reconocía como uno de los tipos de violencia familiar la violencia psicológica, a la cual definía como el trastorno mental que provocara modificaciones a la personalidad, a la conducta, o ambas, resultante de la agresión.


Ahora, como consecuencia del referido decreto, este tipo de violencia familiar fue sustituida por la violencia psicoemocional, la cual consiste en toda acción u omisión que puede consistir en prohibiciones, coacciones, condicionamientos, intimidaciones, insultos, amenazas, celotipia, desdén, indiferencia, descuido reiterado, entre otras; que provoquen en quien las recibe alteración autocognitiva y autovalorativa o alteraciones en alguna esfera o área de su estructura psíquica.


Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.


En Alanís Urdiain Abogados estamos a sus órdenes para aconsejarlo en este y otros asuntos legales de su interés.






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