Esta Norma Oficial Mexicana, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2022, establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cualquier tipo de cuerpo receptos propiedad de la Nación, con el fin de proteger, conservar y mejorar la calidad de las aguas y bienes nacionales.
La Norma no aplica a la descarga de aguas provenientes de drenajes destinados exclusivamente para aguas pluviales ni a las descargas que se vierten directamente a sistemas de drenaje y alcantarillado municipales.
En Alanís Urdiain Abogados estamos a sus órdenes para aconsejarlo en este y otros asuntos legales de su interés.
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