El 23 de febrero de 2022 se publicó el decreto que adicionó al artículo 72 de la Ley Estatal de Salud la prohibición del expendio o suministro, por medio de máquinas expendedoras, de dispositivos inhalantes de contengan nicotinas o efectos psicotrópicos.
Se sancionará con clausura temporal o definitiva y con multa de cincuenta a quinientas unidades de medida y actualización a quien realice estas conductas prohibidas.
En Alanís Urdiain Abogados estamos a sus órdenes para aconsejarlo en este y otros asuntos legales de su interés.