La NOM-247-SE-2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2022, establece los requisitos informativos para la comercialización de bienes inmuebles destinados a casa habitación, así como los elementos mínimos que deben contener los contratos de compraventa de estos, y tiene como finalidad garantizar la protección efectiva a los derechos de los consumidores de dichos servicios.
Esta norma es de observancia general y obligatoria para todas las personas físicas o morales que sean fraccionadores, constructores, promotores, o que intervengan en la asesoría o venta al público general de inmuebles destinados a casa habitación en la República Mexicana.
En Alanís Urdiain Abogados estamos a sus órdenes para aconsejarlo en este y otros asuntos legales de su interés.
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